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La legalidad de las firmas digitales por país
La legalidad de las firmas digitales por país

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Actualizado hace más de 11 meses

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Nota importante:

La información que proporcionamos aquí tiene la intención de ofrecer orientación general y no debe considerarse como un sustituto del asesoramiento profesional legal o empresarial.

El análisis que ofrecemos en este artículo no es exhaustivo y no abarca todos los posibles escenarios o consideraciones.

Al final de este artículo encontrarás un vínculo al artículo original con todos los países.

Unión Europea

En todos los países miembros de la Unión Europea, el Reglamento de la Unión Europea N.º 910/2014 ("eIDAS") está plenamente vigente, lo que requiere que la implementación y el uso de firmas electrónicas en Europa sean estandarizados. Por esta razón, se creó eIDAS para establecer un mercado uniforme de interacciones digitales y servicios de confianza, incluidas las firmas electrónicas, en Europa.

Según el artículo 25 (i) del eIDAS, "Una firma electrónica no podrá denegarse efecto legal y admisibilidad como prueba en procedimientos legales únicamente por el hecho de estar en formato electrónico o de no cumplir con los requisitos de las firmas electrónicas cualificadas.

España

Ley 6/2020 que regula ciertos aspectos de los servicios de confianza electrónica

Según el Código Civil Español, como regla general, un contrato será válido siempre que dos o más partes lleguen a un acuerdo (ya sea de manera verbal, escrita a mano o electrónica). En España, las firmas electrónicas están reguladas, tienen plena validez legal y pueden utilizarse para celebrar una variedad de acuerdos.

La Ley 6/2020 regula los servicios de confianza a nivel nacional y su efectividad legal, siendo complementaria a las disposiciones del Reglamento eIDAS, siendo este último la regulación principal en la materia tanto en España como en el resto de la Unión Europea.

Los contratos celebrados por medios electrónicos serán válidos en España siempre que las partes den su consentimiento libre para celebrar contratos con un propósito y causa lícitos.

En España, las firmas electrónicas pueden utilizarse para firmar todo tipo de acuerdos que no estén sujetos a restricciones que puedan impedirlo.

Texto de la ley aquí.

Alemania

Ley Alemana de Firmas Electrónicas

En Alemania, como regla general, un contrato será válido siempre que dos o más partes competentes lleguen a un acuerdo (ya sea de manera verbal, escrita o electrónica). Alemania regula las firmas electrónicas a través de una ley especial y les otorga plena validez legal.

En Alemania, las firmas electrónicas pueden utilizarse para firmar todo tipo de acuerdos que no estén sujetos a restricciones que puedan impedirlo.

Texto de la ley aquí.

Francia

Código Civil

En general, de acuerdo con las regulaciones francesas, los contratos serán válidos siempre que las partes hayan llegado a un acuerdo mediante medios escritos, verbales o electrónicos. Del mismo modo, en Francia, un contrato no puede ser rechazado simplemente porque se haya firmado utilizando una firma electrónica.

Según el Código Civil Francés, para que una firma electrónica tenga efecto legal y se presuma válida, debe: i) permitir la identificación del firmante; ii) estar vinculada al firmante; y iii) garantizar que el documento sea inalterable.

En Francia, las firmas electrónicas pueden utilizarse para firmar todo tipo de acuerdos que no estén sujetos a restricciones que puedan impedirlo.

Texto completo de la ley aquí.

Italia

Código de Administración Digital

De acuerdo con la ley italiana, como regla general, un contrato será válido siempre que dos o más partes lleguen a un acuerdo (ya sea de forma verbal, escrita o electrónica). Italia regula las firmas electrónicas y les otorga plena validez, siendo las partes del acuerdo las que tienen la libertad de acordar su uso para expresar su consentimiento.

Por lo tanto, la ley italiana otorga a las firmas electrónicas el mismo valor que a las firmas manuscritas.

En Italia, las firmas electrónicas pueden utilizarse para firmar todo tipo de acuerdos que no estén sujetos a restricciones que puedan impedirlo.

Texto completo de la ley aquí.

Países Bajos

Ley de Firmas Electrónicas y Código Civil

Como regla general, en los Países Bajos, las partes de un acuerdo pueden decidir si expresarlo verbalmente, por escrito o electrónicamente. La ley local regula las firmas electrónicas y les otorga validez legal.

En los Países Bajos, una firma electrónica no cualificada tendrá el mismo valor que una firma manuscrita, siempre que el método de firma sea lo suficientemente fiable en función de: i) el documento a firmar y su propósito; y ii) todas las circunstancias que puedan ser relevantes en ese contexto. Para garantizar esto, las partes de un acuerdo pueden declarar por escrito su acuerdo de que el método de firma utilizado es lo suficientemente fiable para el documento a firmar.

En los Países Bajos, las firmas electrónicas pueden utilizarse para firmar todo tipo de acuerdos que no estén sujetos a restricciones que puedan impedirlo.

Texto completo de la ley aquí.

Portugal

Decreto Ley N.º 290-D/99 sobre Firmas Electrónicas

En Portugal, existe libertad legal en los métodos que pueden utilizarse al celebrar un contrato: la gran mayoría de los acuerdos pueden realizarse ya sea por escrito, de manera verbal o electrónica (a menos que la ley exija expresamente que se hagan por escrito). Del mismo modo, a través de la Ley 290-D/99, Portugal reconoce expresamente la validez de la firma electrónica y regula su uso.

En Portugal, las firmas electrónicas pueden utilizarse para firmar todo tipo de acuerdos que no estén sujetos a restricciones que puedan impedirlo.

Texto completo de la ley aquí.

Irlanda

Ley de Comercio Electrónico

La ley irlandesa regula y otorga validez legal a las firmas electrónicas. Por lo tanto, las firmas electrónicas deben tener el mismo efecto en Irlanda que las firmas manuscritas, y las partes de un acuerdo pueden elegir qué tipo de firma utilizar. La ley irlandesa establece específicamente que la validez de un documento no puede ser negada simplemente por el hecho de que contenga una firma electrónica. Del mismo modo, un documento electrónico será válido como prueba con el fin de demostrar la existencia, autenticidad y aceptación de un acuerdo.

En Irlanda, las firmas electrónicas pueden utilizarse para firmar todo tipo de acuerdos que no estén sujetos a restricciones que puedan impedirlo.

Texto completo de la ley aquí.

Estados no miembros de la Unión Europea

Reino Unido

Ley de Comunicaciones Electrónicas

Para que un contrato sea válido en el Reino Unido, como regla general, dos o más partes deben llegar a un acuerdo, ya sea de forma verbal, escrita o electrónica. La Ley de Comunicaciones Electrónicas regula las firmas electrónicas y les otorga validez legal, permitiendo que las partes expresen su consentimiento a través de su uso.

Además, de acuerdo con la práctica local, la validez de un acuerdo no puede ser negada simplemente por el hecho de que contenga una firma electrónica. En el Reino Unido, las firmas electrónicas pueden utilizarse para firmar todo tipo de acuerdos que no estén sujetos a restricciones que puedan impedirlo.

Texto completo de la ley aquí.

Suiza

Ley de Firmas Electrónicas

En Suiza, como regla general, un contrato será válido si dos o más partes llegan a un acuerdo, sin importar cómo lo presenten, ya sea de forma verbal, escrita o electrónica. Suiza regula las firmas electrónicas en su legislación local y les otorga validez legal. Las firmas electrónicas no pueden ser utilizadas cuando la ley requiere formalidades especiales.

En Suiza, existen tres tipos de firmas: i) simple: aquellos datos unidos o vinculados lógicamente a otros datos electrónicos que sirven para verificar su autenticidad; ii) avanzada: aquellas que están vinculadas de manera única a su propietario y permiten identificar al propietario, han sido creadas por medios que el propietario puede mantener bajo su control exclusivo y están vinculadas a los datos de tal manera que cualquier modificación posterior es detectable; y iii) cualificada: firmas electrónicas avanzadas basadas en un dispositivo de creación de firmas seguro.

Aunque la firma electrónica cualificada es la única que es comparable a la firma manuscrita, las firmas electrónicas simples y avanzadas también son válidas y tienen efectos legales. Es por eso que las firmas electrónicas simples y avanzadas, dependiendo del documento en cuestión, pueden requerir pruebas adicionales en caso de litigio.

En Suiza, las firmas electrónicas pueden utilizarse para firmar todo tipo de acuerdos que no estén sujetos a restricciones que puedan impedirlo.

Texto completo de la ley aquí.

Andorra

Ley sobre Servicios de Confianza Electrónica N.º 35/2014

En Andorra, las firmas electrónicas están reguladas y son válidas. Por lo tanto, como regla general, las partes pueden celebrar acuerdos utilizando una firma electrónica, excepto cuando la ley exija expresamente la presencia de una firma manuscrita.

La ley andorrana regula las firmas electrónicas de manera muy similar al Reglamento eIDAS, estableciendo tres tipos de firmas electrónicas: simples, avanzadas y cualificadas. La Ley sobre Servicios de Confianza Electrónica establece expresamente que cuando una ley requiere la firma de una persona, ese requisito puede cumplirse utilizando una firma electrónica apropiada para el acto en cuestión.

En Andorra, las firmas electrónicas pueden utilizarse para firmar todo tipo de acuerdos que no estén sujetos a restricciones que puedan impedirlo.

Texto completo de la ley aquí.

Escocia

Regulación de Firmas Electrónicas y Regulación de Documentos Electrónicos

En Escocia, un contrato será válido si dos o más partes llegan a un acuerdo (independientemente del formato: escrito, verbal o electrónico). Las firmas electrónicas están reguladas en Escocia y tienen plena validez legal.

En Escocia, al igual que en los países miembros de la Unión Europea, existen tres tipos de firmas electrónicas: simples, avanzadas y cualificadas. Los tres tipos de firmas son válidos, y el uso de uno u otro depende del documento que se vaya a firmar.

Un documento que contenga una firma electrónica no cualificada será admisible como prueba en Escocia. Si alguna de las partes niega la validez de dicho documento, será responsabilidad de quien alega su existencia demostrar su validez.

Las firmas electrónicas pueden utilizarse para firmar todo tipo de acuerdos en Escocia que no estén sujetos a restricciones que puedan impedirlo.

América

México

Código de Comercio, Ley de Firma Electrónica Avanzada

De acuerdo con el Código Civil Mexicano, como regla general, un contrato será válido cuando dos o más partes lleguen a un acuerdo (ya sea de forma verbal, escrita o electrónica). Asimismo, el Código de Comercio Mexicano establece que no se puede negar efecto legal, validez o fuerza vinculante a ninguna información solo por el hecho de estar contenida en un mensaje de datos.

México regula y reconoce las firmas electrónicas como legales y aplicables. El Código de Comercio establece que las firmas electrónicas serán fiables siempre que: i) los datos de creación de la firma correspondan exclusivamente al firmante y permanezcan bajo su control exclusivo; y ii) sea posible detectar cualquier alteración después del momento de la firma.

Según el Código de Procedimientos Civiles de México, los registros electrónicos creados utilizando una firma electrónica serán admitidos como pruebas judiciales.

En México, las firmas electrónicas pueden utilizarse para firmar todo tipo de acuerdos que no estén sujetos a restricciones que puedan impedirlo.

Texto completo de la ley aquí.

Colombia

Ley 527/99, Resolución 26930/00, Decreto 2364/12

De acuerdo con el Código Civil Colombiano, como regla general, un contrato será válido cuando dos o más partes lleguen a un acuerdo (ya sea de forma verbal, escrita o electrónica). Las firmas electrónicas están reguladas por la legislación colombiana y tienen plena validez legal, a menos que la regulación aplicable al contrato o documento en cuestión requiera únicamente el uso de una firma manuscrita. Asimismo, la Ley 527/99 establece que los contratos no pueden ser rechazados solo porque se hayan realizado por medios electrónicos.

Una firma avanzada, según la definición de la Unión Europea, cumple con los requisitos legales para considerarse confiable, ya que identifica al firmante, mantiene la integridad del documento y asegura que la firma solo pueda estar asociada a un único firmante, ya que, en el momento de la firma, se utiliza una gran cantidad de información y una autoridad de sellado de tiempo para garantizar su integridad.

En Colombia, las firmas electrónicas pueden utilizarse para firmar todo tipo de acuerdos que no estén sujetos a restricciones que puedan impedirlo.

Texto completo de la ley aquí.

Argentina

Ley 25.506

De acuerdo con el Código Civil y Comercial Argentino, como regla general, un contrato será válido siempre que dos o más partes lleguen a un acuerdo (ya sea de forma verbal, escrita o electrónica), a menos que la ley exija específicamente la presencia de una firma manuscrita.

La Ley 25.506 reconoce y otorga validez legal a las firmas electrónicas, estableciendo que son admisibles como evidencia en procesos legales. En el mismo sentido, el Código Civil y Comercial Argentino establece que los documentos realizados electrónicamente tendrán la misma validez que los documentos manuscritos, aunque un tribunal pueda requerir pruebas adicionales además de esos documentos electrónicos.

En Argentina, las firmas electrónicas pueden utilizarse para firmar todo tipo de acuerdos que no estén sujetos a restricciones que puedan impedirlo.

Texto completo de la ley aquí.

Chile

Ley 19.799 y Decreto 181

Según la ley civil chilena, un contrato será válido siempre que dos o más partes lleguen a un acuerdo (ya sea de forma verbal, escrita o electrónica), a menos que la ley exija específicamente la presencia de una firma manuscrita. Es por eso que, al expresar su consentimiento, las partes pueden acordar el uso de firmas electrónicas.

La Ley 19.799 establece que los documentos firmados con firmas electrónicas tendrán la misma validez y producirán los mismos efectos que los realizados en papel. Asimismo, en Chile, la validez de un contrato no puede ser rechazada debido al mero hecho de que se haya celebrado utilizando firmas electrónicas.

En Chile, las firmas electrónicas pueden utilizarse para firmar todo tipo de acuerdos que no estén sujetos a restricciones que puedan impedirlo.

Texto completo de la ley aquí.

Canadá

Ley de Protección de Datos Personales y Documentos Electrónicos

En Canadá, como regla general, los contratos serán válidos siempre que exista un acuerdo entre las partes (ya sea verbal o mediante un documento físico o electrónico). Canadá define ampliamente las firmas electrónicas y no establece requisitos tecnológicos mínimos para otorgarles validez legal.

Las firmas electrónicas tendrán el mismo valor que las firmas manuscritas y pueden utilizarse para celebrar acuerdos siempre que las partes intervinientes así lo acuerden. No es necesario un consentimiento expreso de las partes, sino que puede inferirse de su conducta.

En Canadá, las firmas electrónicas pueden utilizarse para firmar todo tipo de acuerdos que no estén sujetos a restricciones que puedan impedirlo.

Texto completo de la ley aquí.

Estados Unidos

Ley de Firmas Electrónicas en el Comercio Global y Nacional - ESIGN - y la Ley Uniforme de Transacciones Electrónicas - UETA -

Según las regulaciones de los Estados Unidos, los documentos electrónicos tendrán el mismo valor legal que los documentos físicos, estableciendo claramente que el efecto, la validez y la ejecutabilidad legal de un documento no se negarán debido al hecho de que se presente en formato electrónico. Es por eso que las partes pueden elegir libremente celebrar un acuerdo de manera electrónica.

Las regulaciones federales de los Estados Unidos no requieren requisitos tecnológicos mínimos para otorgar validez a las firmas electrónicas, y las partes pueden elegir si desean o no utilizar firmas electrónicas o digitales (esto permitiría a las partes de un acuerdo elegir si desean utilizar firmas electrónicas simples, avanzadas o cualificadas, según las clasificaciones utilizadas en Europa).

En los Estados Unidos, las firmas electrónicas pueden utilizarse para firmar todo tipo de acuerdos que no estén sujetos a restricciones que puedan impedirlo.

Texto completo de la ley aquí.


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